El gobierno de los Estados Unidos siempre ha estado a favor de permitir que las familias se reúnan mientras viven en el país, esa es la razón principal para la implementación de las categorías de inmigración basadas en la familia. Por otra parte, hay varios sub-tipos bajo la categoría de visa de preferencia familiar, sin embargo, aquí nos centraremos en las 23.400 visas F4 que se autorizan cada año.
Al igual que las otras visas de preferencia familiar la visa F4 está disponible para los ciudadanos estadounidenses, por disposición de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA). Bajo esta ley y a través del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS), los ciudadanos estadounidenses pueden presentar apelaciones para que sus familiares se reúnan con ellos. Lo más importante es que el familiar puede incluso convertirse en un residente legal permanente (LPR) si sigue el proceso correcto.
Primero, debe conocer las categorías de preferencia familiar antes de que le demos los detalles de cómo puede solicitar una visa de cuarta preferencia:
Categorías de preferencia familiar
Según esta clasificación algunas personas que son familiares de un ciudadano estadounidense o un residente legal permanente pueden ser elegibles para inmigrar a los Estados Unidos. Sin embargo, la ley impide que las siguientes relaciones actúen como patrocinadores:
- Abuelos
- Tíos/tías
- Primos
Las divisiones que observamos en este tipo de visa incluyen:
Primera preferencia (F1)
Bajo esta visa un padre que es ciudadano estadounidense puede patrocinar a su hijo soltero, pero que sea menor de 21 años. Cada año el gobierno limita a 23.400 el número de visas de este tipo. Con este tipo de visa un familiar podrá venir a los EE.UU. dentro de 1 a 2 años desde la aplicación. El tiempo de espera para países como Filipinas y México puede extenderse a 5 y 11 años.
Segunda preferencia (F2)
En caso de que el hijo haya cumplido los 21 años, el patrocinador deberá aplicar por este y su familia bajo esta categoría. Más del 75% de las 114.200 visas F2 se destinan a los cónyuges e hijos. El tiempo de espera coincide con el del tipo F1.
Tercera preferencia (F3)
Si el hijo se ha casado, entonces el patrocinador debe elegir este tipo de visa. El tiempo de espera es más largo, de 3 a 4 años para la mayoría de los países, pero el tiempo de procesamiento de la visa F4 es aún más largo para México y las Filipinas. Solo se pueden sellar 23.400 visas F3 en un año.
Cuarta preferencia (F4)
Un ciudadano estadounidense mayor de 21 años puede patrocinar a su hermano y a su familia en esta categoría. El tiempo de espera de la visa F4 es de 10 años para las 65.000 visas que se pueden sellar en un año. ¡Se convierte en 19 años en el caso de Filipinas!
Visas de inmigrante para familiares inmediatos
La categoría de visas de IR es exclusivamente para aquellos que están emparentados por sangre con un ciudadano estadounidense, y no está sujeta a ningún límite de visas por año. Esta es la diferencia de las visas de preferencia familiar. Usted puede solicitar una si cumple con uno de los siguientes requisitos:
- Está casado con un ciudadano estadounidense (IR-1)
- Tiene 21 años o menos, es soltero y uno de sus padres es ciudadano estadounidense (IR-2)
- Un ciudadano estadounidense lo adoptó mientras estaba en el extranjero (IR-3)
- Un ciudadano estadounidense lo adoptó en los Estados Unidos (IR-4)
- Es el padre o la madre de un ciudadano estadounidense (IR-5)
Proceso de solicitud de la visa basada en la familia de cuarta de preferencia (F4)
El proceso de la visa F4 se realiza de la siguiente manera:
Presentación del formulario I-130
El familiar que lo patrocina presentará este formulario en su nombre. Si este está fuera del país en esta etapa, consulte con un abogado para determinar si esto se puede hacer o no.
El caso se transfiere al NVC
La visa de cuarta preferencia depende de la aprobación del USCIS. Una vez que la obtenga, su caso será transferido al Centro Nacional de Visas (NVC), donde se le asigna un número de caso. Este número se da en orden de solicitud, por lo tanto, cualquiera que aplique antes que usted tendrá su turno primero.
Al llegar su turno es posible que tenga que llenar el formulario DS-261, si hará el proceso por su cuenta. No hay necesidad de hacerlo con un abogado. Esto abre las puertas a la etapa de pre-procesamiento, donde el NVC le indicará que pague las tarifas.
Después deberá presentar los siguientes documentos:
- Su pasaporte; asegúrese de que le quedan al menos 6 meses de vigencia
- Varios formularios como prueba de patrocinio, ya sea el I-864, A, EZ, o W
- Formulario DS-260
- Dos fotografías tomadas de acuerdo a los requisitos fotográficos
- Documentos civiles; puede que también necesite traducciones y sacar fotocopias de estos
- Los resultados de su vacunación y examen médico
Esperar hasta que la visa esté disponible
En esta etapa usted puede obtener una visa si:
1. El Departamento de Estado (DOS) considera que la cuota de 226.000 visas por año no está completa
2. La cuota del año anterior no fue alcanzada
Los siguientes factores pueden estar en su contra y retrasar el tiempo de procesamiento de su visa F4:
1. Su fecha de prioridad ha llegado, pero el cupo permitido a su país se ha agotado
2. Se ha alcanzado el límite de la clase de visado a la que pertenece su solicitud
Proceso consular
Su solicitud de visa de categoría F4 va desde el NVC a la embajada/consulado de los EE.UU. en su país. En este momento deberá asistir a una entrevista para obtener su visado.
Asistir a la entrevista
Le recomendamos que su abogado le asesore sobre las respuestas a las preguntas que el oficial consular puede hacer durante la entrevista. En una semana sabrá el resultado de la misma.
¿Cuánto cuesta una visa de cuarta preferencia (F4)?
Usted pagará:
- $535 por el formulario I-130
- $325 por el formulario DS-260
- $220 por la tarifa de inmigración del USCIS
- Una cantidad que puede variar por su examen médico y/o vacunas
Familiares
Como se mencionó anteriormente, su familia será elegible para acompañarlo si presenta los documentos correctos, incluyendo su propio formulario I-485 junto con la aprobación de su I-485.
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